Protección del Diseño Industrial y legislación Española.
Escrito por: Granada Barrero el Lunes, 23. 07. 2007 – Categoría: Revista DeiDigital

La normativa en España se equipara a Europa con una ley que protege al diseño industrial, esta norma protege por igual el diseño de un mueble o una batidora o incluso el estampado de una camiseta. Ahora que en los medios de comunicación se hace tanto eco de la importación fraudulenta de todo tipo de artículos, de las cuales España tampoco está exenta, y en los que se infringen descaradamente estas normas, en DeiDigital queremos haceros llegar el contenido de la legislación existente en España referente al diseño industrial y su protección.
Con la promulgación de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y la publicación de su reglamento, se intenta poner fin a la situación que ha cuestionado durante años los derechos de los diseñadores sobre su propia creación, con anterioridad a esta ley, el diseño industrial se había regido por una normativa legal de 1929, totalmente obsoleta. Destacamos unas cuantas normas entresacada de la mencionada Ley y su reglamento:
La ley española en defensa del diseño tiene novedades como que un diseño podrá lanzarse al mercado y conservar los derechos de autoría durante 12 meses sin necesidad de registrarse. Esta medida supone un ahorro al fabricante, ya que se podrá esperar la reacción del mercado antes de acudir al registro del producto.
El registro del diseño se otorgará por cinco años y podrá renovarse por uno o más periodos sucesivos hasta un máximo de 25 años.
La condición básica para que un producto pueda registrarse es que los diseños sean nuevos y posean carácter singular. La ley habla de singular refiriéndose a la impresión que puede producir “en el usuario informado”. También hace referencia al registro de componentes que puedan formar parte de un producto más complejo.
Así mismo permite la ley solicitudes múltiples, hasta 50 diseños / solicitud.
En cuanto al concepto de diseño, la ley actual, solo permite un solo registro, el de diseño industrial, quedando obsoletos los dos existentes anteriormente de modelo industrial y dibujo industrial.
Otro importante detalle de esta ley, es que permite el procedimiento de registro y posteriormente admitir la oposición a dicho registro por parte de terceros.
Por J.Barrero
Si queréis conocer la legislación al completo, aquí os la podéis bajar en pdf :
LEY 20-2003, de 7 de julio, de Protección Juridica del Diseño Industrial.pdf
Reglamento de ejecución de la ley de Protección Juridica del Diseño Industrial.pdf
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Domingo, 2 de diciembre, 2007 a las 3:22 am
Es muy importante que esta ley sea divulgada a todos los diseñadores o personar que interactuen en este campo, aunque la ley es del 2003, a estas alturas muchos desconocemos su existencia y es vital tanto para diseñadores, productores y empresarios, como para los clientes.
y me queda la duda si la ley solo aplica en españa o tambien en otros paises; `pero me parece un gran comienzo para todos los industriales, a ver si asi descanzamos un poquito!!!!!!!!!!111
Domingo, 2 de diciembre, 2007 a las 9:14 pm
Sin duda esta ley es de gran importancia para la profesión, la aplicación al extranjero…bueno, cada país tiene también sus leyes y procedimientos propios de Diseño Industrial.
Gracias por colaborar con tu comentario!
Lunes, 3 de diciembre, 2007 a las 2:00 pm
La ley 20-2003, de 7 de julio, y su reglamento, solo afectan a España, pero intenta reflejar y/o recoger los acuerdos sobre la propiedad industria que de orden internacional existen, tanto a nivel europeo como mundial. Siendo una ley relativamente nueva, entiendo que este es su espíritu, y por supuesto está dentro de lo que la legislación europea y los países de nuestro entorno marcan a este respecto. Tenemos que alegrarnos de que los diseños industriales gocen de una protección tan moderna en el ámbito jurídico, aun cuando habrá quien diga que no es perfecta (como muchas cosas), pero está muy presente y puede ayudar.